Skip to main content
Category

Declaraciones

Comunicado de la Comisión de DDHH

By Declaraciones, Noticias

El 7 de marzo conmemora el asesinato de Natalia “Pepa” Gaitán, por ser lesbiana, ocurrido en 2010. Este crimen lesbo odiante por orientación sexual e identidad de género no fue considerado como tal en la calificación de la condena al asesino, sino que la misma quedó en términos de “homicidio simple calificado por el uso de arma de fuego”.

El veredicto puso de manifiesto la invisibilización, no solo de la identidad lésbica de “la Pepa” sino de todo el colectivo lésbico, constituyendo este crimen de odio un punto de inflexión al interior del mismo y extendiéndose a otres actores sociales.

Por ello, esta fecha  se conmemora como día de Memoria y Visibilización de las Identidades Lésbicas, constituyendo parte de los activismos militantes feministas y de los movimientos de Derechos Humanos.

7 de marzo de 2022.

PRONUNCIAMIENTO EN EL DÍA QUE CONMEMORA LA PROCLAMACIÓN DE LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DDHH

By Declaraciones, Noticias

La Comisión Nacional de Derechos Humanos de la Federación de Psicólogos y Psicólogas de la República Argentina participa en la conmemoración de la fecha en que la Asamblea General de las Naciones Unidas proclamó, el 10 de Diciembre de 1948, la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Este 10 de Diciembre de 2021, nos encuentra interpelados/as por un espectro muy complejo de acontecimientos y de desafíos en nuestra praxis, en tanto trabajadoras y trabajadores de la Salud Mental.

Un contexto mundial de Pandemia que pone en evidencia la profunda y global inequidad social en términos de Derechos, al punto que el desigual acceso a las Vacunas deja a los pueblos más vulnerables prácticamente sin posibilidades de recibirlas.

El atravesamiento subjetivo y colectivo de procesos de Duelo, donde lo que se requiere duelar abarca un amplio escenario de pérdidas, en condiciones de vulnerabilidad social, cultural, política y económica. La multiplicación exponencial, en sus diversas formas, del Discurso del Odio. Discurso desde el que toda diversidad, disidencia y diferencia es no sólo amenazada, sino literalmente librada a la muerte (Pueblos Originarios, “gatillo fácil”, femicidios, feminicidios y transtravesticidios, etc.).

El acompañamiento y visibilización en la construcción de Memoria por Verdad y Justicia. El reconocimiento del logro conjunto de los movimientos feministas y de los movimientos de ampliación de Derechos, en la promulgación de la Ley IVE, teniendo presente que sigue la lucha por su plena implementación.

La demanda a la incorporación transversal en las formaciones de grado de las temáticas de Derechos Humanos.

La continuidad del trabajo colectivo por la completa implementación de la Ley de Salud Mental 26.657, en el marco normativo de los Derechos Humanos.

La defensa de nuestra tarea en tanto trabajadoras y trabajadores de la Salud Mental, referenciados/as en el paradigma de DDHH y en la Perspectiva de Género.

El abordaje con mirada alojadora y subjetivante a niñas/os y adolescencias evitando el etiquetamiento y la patologización, promoviendo el derecho al acceso a la salud integral, educación, identidad, vivienda, medio ambiente saludable, al juego y la recreación, a una familia, a que las niñas sean Niñas No Madres.

La interpelación urgente a medios masivos de comunicación a que difundan contenido con clave de derechos a fin de evitar crear verdades de índole totalitaria que distorsionan la lectura de la realidad.

En este día Internacional de los Derechos Humanos instamos una vez más a trabajadoras y trabajadores de la Salud Mental, al compromiso ético insoslayable con el abordaje en DERECHOS HUMANOS, desde las prácticas e intervenciones subjetivantes, sumando a la comunidad la construcción de Memoria colectiva y al tejido de tramas de sostén hacia un mundo más justo e igualitario.

Comisión Nacional de DDHH de la FePRA

Descargar la declaración  AQUÍ

SALUD MENTAL ES NI UNA MENOS

By Declaraciones

Hace 5 años se llevó a cabo la unión de gran parte la sociedad para gritar colectivamente ¡Ni Una Menos! contra los femicidios, transfemicidios y travesticidios.
A lo largo de estos años a Ni Una Menos se sumaron miles de personas, cientos de organizaciones en todo el país, escuelas, militantes de todos los partidos políticos; una multitud de voces, identidades y banderas porque el pedido es urgente y el cambio es posible y necesario. Ni Una Menos se instaló en la agenda pública y política.

Sin embargo, a pesar de los lentos avances en la conquista de derechos e igualdad, la situación es muy grave y aún la violencia machista – sana hija del patriarcado – en todas sus formas, actúa en cada uno de los ámbitos en los que vivimos y por los que transitamos dejando su peor consecuencia: el femicidio, con la violentación de lxs cuerpxs, truncando destinos.

Durante el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO) decretado desde el 20 de marzo han habido más de 50 nuevos femicidios en nuestro país y esto representa la cifra más alta registrada en Argentina en los últimos 10 años.
Como trabajadoras/es de la Salud Mental, la importancia de nuestro lugar no es menor,  reside en capacitarnos en perspectiva de género , visibilizar las violencias, deconstruir nuestras prácticas,  respetando  el marco normativo que las regula  en clave de género y derechos – Ley 26485 de Erradicación de todas las formas de violencia hacia las mujeres, Ley 26657 de Salud Mental , Ley 26061 de Protección integral de niños/as/es y adolescentes;  Ley 27499 Micaela – de capacitación obligatoria para todas las personas que integran los tres poderes del Estado, Ley 26743 de identidad de Género,  Ley 27.452 “Brisa” Reparación económica para niñes y adolescentes víctimas de violencia de género/femicidio, entre otras.

No podemos hablar de Salud Mental sin atender al imperativo del Ni Una Menos, por lo que estamos obligades a denunciar las injusticias y múltiples violencias que vemos a diario.
Por todo esto, desde la Comisión Nacional de DDHH de la FePRA, nos sumamos al clamor de BASTA DE VIOLENCIA MACHISTA y “NI UNA MENOS”
Este #3J no estaremos en las calles pero estaremos enredades y tramando acciones, la marea no se detiene:

¡VIVAS, LIBRES Y DESENDEUDADES NOS QUEREMOS!
POR UNA SALUD PÚBLICA CON PERSPECTIVA DE GÉNERO.
SALUD MENTAL ES NI UNA MENOS

PROYECTO DE LEY DE INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO

By Declaraciones

La Junta Ejecutiva y la Comisión Nacional de DDHH se pronuncian a favor de la aprobación del proyecto de Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo, porque:

  • Lo que está en juego es el derecho a decidir de les mujeres y personas con capacidad de gestar.
  • Es el Estado quien debe garantizar el acceso a la salud de todas las personas.
  • La mortalidad y morbilidad por abortos ilegales es una cuestión de Salud Pública.
  • Obligar a parir y maternar vulnera el derecho a decidir, desconoce el deseo y bordea un trato cruel y degradante.
  • No se trata de decir Sí o No al aborto, sino de garantizar que sea legal o perpetuar que sea clandestino.
  • Las maternidades deben ser deseadas y elegidas, nunca impuestas.
  • Lo traumático es la criminalización de las mujeres y personas con capacidad de gestar, la culpa y la clandestinidad subsecuentes y no el aborto en sí mismo.

Por último, no se trata de discutir posiciones personales en relación a la experiencia particular del aborto, sino pensar cuál será la respuesta del Estado Argentino frente a aquellas personas cuyas circunstancias de vida las llevan a decidir la interrupción de un embarazo.

Por lo que proponemos: «EDUCACIÓN SEXUAL PARA DECIDIR, ANTICONCEPTIVOS PARA NO ABORTAR,  ABORTO LEGAL PARA NO MORIR» 

Comunicado acerca del anunciado Servicio Civil Voluntario

By Declaraciones

Ante el anuncio oficial de la implementación del Servicio Cívil Voluntario destinado a jóvenes de entre 16 y 20 años, a cargo de la Gendarmería Nacional, la Junta Ejecutiva de FePRA manifiesta su preocupación y rechazo ante una iniciativa que busca, una vez más menoscabar la educación púbica.

No es en las Fuerzas Armadas sino en las Escuelas donde los jóvenes deben recibir valores y contención.

Las declaraciones de funcionarios a cargo de la iniciativa causan escozor no sólo por la irresponsabilidad sino por la ideología que conllevan.

Sostener que la Gendarmería es más prestigiosa que la Escuela Pública remite a discursos que causan temor, y en nombre de los cuales se restringieron las libertades y se sepultó la democracia.

Por otro lado si, como se dijo, la iniciativa se dirige fundamentalmente a jóvenes que no tienen empleo y no estudian, el camino no es incluirlos en instituciones verticalistas, como una culpabilización encubierta del destino al cual la economía de exclusión social los ha arrojado, sino implementando planes de pleno empleo e inclusión educativa, algunos de los cuales han sido desactivados o desfinanciados por quienes hoy impulsan esta iniciativa.

La concreción de los derechos humanos y sociales de toda persona, es un elemento constitutivo de la salud mental de los argentinos y argentinas, y esta concreción se logra con el pleno ejercicio de las posibilidades de igualdad y justicia.

Una vez más, y ante una iniciativa que busca esconder bajo la alfombra una problemática tan seria como el olvido hacia los jóvenes, la FePRA manifiesta que los jóvenes no son un problema sino que están en problemas.

MÁS PRESUPUESTO PARA EDUCACION!

MÁS POLITICAS ACTIVAS DIRIGIDAS AL CRECIMIENTO Y DESARROLLO DEL EMPLEO JOVEN!

Consternaciòn y posicionamiento por femicidios

By Declaraciones

La Federación de Psicólogos de la República Argentin (FePRA), hace pública su condena y consternación por el recrudecimiento de los femicidios en el ámbito nacional y que se refleja en las tenebrosas cifras de, 4 asesinatos de mujeres por su condición de mujer en un fin de semana, 223 femicidios en lo que va del año, mientras que en el mismo período 146 niñas, niños y adolescentes quedaron sin madre.
Como profesionales de la salud mental no podemos dejar de señalar los tremendos efectos que estos hechos siembran en la población, sobre todo teniendo en cuenta que se trata de crímenes evitables que ponen en evidencia la deserción del estado en las imprescindibles e indelegables políticas de prevención.
El recorte presupuestario, el cierre de programas y la desatención a las recomendaciones que hiciera la relatora especial sobre la temática en su última visita a Argentina permiten comprender el porqué de la persistencia de un fenómeno criminal que debemos negarnos a naturalizar.
La Secretaría de la Mujer debe ser jerarquizada y convertida en Ministerio, lo que permitirá un espacio más amplio de exigencias y representatividad a la hora de establecer presupuestos y diseñar políticas públicas.
Estas son apenas algunas de las cuestiones en las que el Estado es deficitario en relación a la temática.
Más allá del indelegable rol del Estado, desde FePRA nos comprometemos a trabajar en los aportes que desde nuestra especificidad podamos brindar no solo para prevenir sino para intervenir eficazmente en las consecuencias de los terribles acontecimientos que nuestra sociedad padece.
Ratificamos nuestro alineamiento con los colectivos que trabajan contra el femicidio e insistimos que nada es posible sin el concurso de políticas públicas sostenidas con convicción política y con presupuesto generoso.

Junta Ejecutiva

Ante el avasallamiento de miembros del Poder Judicial de San Juan sobre nuestra profesión

By Declaraciones

La Junta Ejecutiva de la Federación de Psicólogos de la República Argentina, reunida en la Provincia de San Juan, manifiesta su rechazo al fallo dictado por los Jueces Mariano Ibañez y Julio Rolando Coll en autos 11409 y declara que como Federación seguiremos defendiendo toda iniciativa que busque mejorar procesos de formación de trabajo, velando por el derecho a la salud y la educación, en el marco de construcciones democráticas y colectivas.

El fallo aludido carece en su construcción de la cantidad de normas y leyes que en los últimos 30 años se han impulsado no sólo para con nuestra profesión, sino y principalmente para con la ciudadanía.

En este sentido, el fallo desconoce la Ley 26657 de Salud Mental, como así también las leyes provinciales de Ejercicio Profesional y las derogaciones que hubiesen operado sobre normas de facto. Es dable recordarle a los/as señores/as magistrados/as que, en el año 2004, se gestionó la incorporación de los títulos de Licenciatura en Psicología y/o Psicólogo/a al artículo 43º de la Ley de Educación Superior, que refiere a las habilitaciones que involucran tareas que tienen un riesgo directo sobre la salud, la seguridad, los derechos, los bienes o la formación de los habitantes, siendo incluidas en las actividades reservadas a nuestro título las posibilidades que se niegan en el fallo.

La FePRA insta a los poderes del Estado a respetar la normativa vigente, y se compromete una vez más, como lo demuestra su historia a profundizar las acciones gremiales y jurídicas para defender los derechos de la sociedad Argentina.

Repudio al golpe de estado cívico – militar en Bolivia

By Declaraciones

La Junta Ejecutiva de la Federación de Psicólogos de la República Argentina repudia el golpe de estado cívico – militarocurrido en el Estado Plurinacional de Bolivia.

Manifiesta extrema preocupación y alerta ante la violencia inusitada ejercida sobre el pueblo boliviano, desconociendo al gobierno democrático elegido por la voluntad popular.

En pos del recupero de la paz social, la permanencia del estado de derecho y el cuidado de la Salud Mental de la población, instamos a no permanecer indiferentes ante esta desestabilizacion que implica graves retrocesos en materia política y cultural de derechos adquiridos por los pueblos latinoamericanos, hoy nuevamente en riesgo.

LA SALUD MENTAL QUE NECESITAMOS CONSTRUIR

By Declaraciones

Carta Abierta de la comunidad de trabajadoras y trabajadores de la Salud Mental a las nuevas Autoridades de la Nación

Con la asunción del nuevo gobierno nacional y los cambios en los escenarios provinciales y municipales, creemos oportuno acercarnos a las y los decisores políticos con el sentido de reflexionar, abrir una instancia de diálogo y expresarles nuestro sentir respecto de la nueva oportunidad ante la cual nos encontramos para instalar y aplicar eficazmente la Ley de Salud Mental N° 26657.

Esta ley es el resultado de un proceso histórico de luchas por la transformación del sistema de salud/salud mental, y su alto valor radica en que se encuentra en consonancia con los lineamientos de los organismos especializados del sistema internacional de los derechos humanos, motivo por el cual nuestra Ley ha recibido el respaldo de la Organización Panamericana de Salud y la Organización Mundial de Salud.

Necesitamos señalar que en salud mental, no alcanza con ofrecer cobertura, es necesario garantizar accesibilidad a la misma, ya que consideramos que esta es una de las mayores dificultades con las que tropieza nuestra ciudadanía al momento de requerir sus servicios. Es por esto que estimamos necesaria la participación de cada uno de las partes actoras que están implicados en el sostenimiento de la ley de Salud Mental, requisito mínimo e ineludible para la diagramación e implementación de políticas públicas, reconociéndoles su participación como interlocutores en la discusión y armado del nuevo esquema que restituya los derechos que la Ley consagra, pero que su falta de aplicación ha hecho que hoy hablemos de vulneración de los mismos.

Es Importante recordar que la Salud Mental, tomada como derecho, es uno de los efectos producidos por la Modernidad. Gestada en los ideales de la Revolución Francesa, fuertes movimientos de reconocimiento de la condición humana conmovieron los cimientos de los tratamientos en Salud Mental. Sin embargo y al mismo tiempo, el impacto dentro del régimen de la Salud Pública fue más complejo: al mismo tiempo que se instala como derecho comienza también –sin prisa y sin pausa- a hacerlo como mercancía. En la actualidad, tanto en los países centrales como más acentuadamente en los periféricos como el nuestro, el predominio absoluto es del efecto mercancía. El recorte de los presupuestos para el área de salud, la devastación del Estado, la exclusión social, son contemporáneos con la primacía del gobierno de corporaciones, que ha configurado este modelo de desatención de la comunidad. Es por esto mismo que consideramos el respeto a los Derechos Humanos como un requisito necesario para el acceso a la condición ciudadana. Si tanto insistimos en unir el par Salud – Derechos Humanos se debe a que las falencias son tan grandes, que se torna imprescindible esta repetición tantas veces como sea necesaria, para lograr que se materialicen las acciones que modifiquen ésta, nuestra realidad.

Entendemos entonces que las acciones de afianzar y desarrollar dispositivos en comunidad; revisarlos procedimientos de las derivaciones; incluir trabajadoras y trabajadores profesionales desarrollando su labor en el marco comunitario y proponer e incentivar trabajos culturales para disminuir el estigma que sufren los usuarios de salud mental, posibilitarán más acceso al servicio y promoverán menos sufrimiento social.

“Cuando hablamos de desmanicomialización, debemos poder dar el salto simbólico que implica el término. Quedarnos con la palabra desnuda, desprovista de su horizonte de sentido, de nada vale. Es decir, hablar de desmanicomialización no es hablar de deshospitalización. Tampoco es desasistir. Quienes estamos aquí, sabemos ciertamente que las políticas neoliberales ambicionan el retiro del Estado”i. Decimos esto porque queremos dejar más que claro que sustituir las lógicas manicomiales no significa eliminar los asilos solamente. No es un término que refiera solo a borrar las paredes de los manicomios, sino a construir alternativas a un sistema anquilosado que atraviesa los distintos dispositivos de trabajo. Distintos dispositivos que en muchos casos han perdido su sentido original antimanicomial, instituyéndose en las antípodas, y con trabajadores y trabajadoras de la salud mental que lo sostienen. No importa aquí de que profesión provienen, ni el tinte progresista que los atraviesa. Una internación puede ser manicomial en un Hospital General o en un Geriátrico si solamente se interna al paciente para custodiarlo, darle la medicación y tener algunas entrevistas con psicólogos y psicólogas, psiquiatra o trabajadores sociales y el resto del día queda depositado. Una guardia en el mismo Hospital General es manicomial cuando deriva a los monovalentes a usuarios y usuarias que hayan tenido una internación previa o se presente como conflictivo (consumo de alcohol, sustancias psicoactivas, etc.). Un Centro de Salud o un Servicio de Consultorios Externos responde a la lógica manicomial cuando se convalidan listas de espera de meses, o cierran directamente las admisiones y las listas de espera.

La importancia de esta nueva etapa resulta central para retomar el enfoque de derechos, es decir, considerar a usuarios y usuarias y sus familiares y apoyos como sujetos de derechos, no objetos de protección o tutela.

Consideramos importantes señalar que los estudios realizados en nuestro país, indican que uno de cada tres argentinos y argentinas tiene posibilidades de sufrir en su vida un padecimiento mental de moderado a grave, cifras que están en sintonía con los números internacionales.

No está de más recordar que aparte de producirnos sufrimiento, los padecimientos mentales tienen un alto impacto en materia económica. Aproximadamente entre el 3 y un 4% del PBI se pierden por estas situaciones. Los sufrimientos mentales como la depresión, el alcoholismo, la esquizofrenia y el trastorno bipolar forman parte del top ten de enfermedades con mayor causa de discapacidad, además de la bivalencia de los padecimientos mentales en sujetos que sufren enfermedades físicas como infartos, cáncer, diabetes e hipertensión, como ejemplos. Los trastornos depresivos son la principal causa de discapacidad y, cuando se considera la discapacidad junto con la mortalidad, suponen 3,4% del total de años de vida ajustados en función de la discapacidad y 7,8% del total de años perdidos por discapacidad, en nuestra región Americana. El 34% de los APD son por trastornos mentales y relacionados con consumo de sustancias en Argentina II

Es importante incorporar a este análisis algunos datos que ponen en contexto la actualidad del sistema de Salud Mental en nuestro país.

El flamante Censo Nacional presentado el pasado 1 de agosto de 2019 por la Dirección Nacional de Salud Mental de la Nación, en cumplimiento del artículo 35 de la Ley Nacional de Salud Mental, arrojó un total de 12035 personas internadas por motivos de salud mental en Hospitales Monovalentes.

Si bien esta cifra se ha reducido a la mitad los últimos 12 años, continúa siendo alarmante. Sobre todo, teniendo en cuenta que han quedado sin censar aquellos dispositivos de internación por adicciones, o geriátricos, u hogares de niños, niñas y adolescentes.

El 36% de las y los ciudadanos que están internados, llegan allí a partir de una indicación profesional por riesgo cierto e inminente. Mientras que el 64% (unas 7700 personas) no presentarían indicadores que requiriesen una internación por motivos de salud mental, sin embargo están allí. El promedio de tiempo de internación es de 8,2 años, siendo superior en el sector público: 12,5 años.III 

En Agosto de 2019 la Comisión Provincial por la Memoria, denunció en la presentación de su Informe 2019 que en último año se registran 180 personas fallecidas en el marco de internaciones por razones de salud mental en la provincia de Buenos Aires. Un número mayor que las muertes producidas en las cárceles (140 personas) en ese mismo periodo.

Al mismo tiempo es relevante destacar las Observaciones Finales sobre el Cuarto Informe Periódico de la Argentina (1/11/2018) del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. En su apartado sobre Salud Mental, observa que con base en la Ley Nacional de Salud Mental, el Estado se comprometió a transformar el sistema de salud mental y cerrar los manicomios antes de 2020. No obstante, expresa su preocupación por que el encierro en instituciones psiquiátricas sigue siendo la principal respuesta del Estado en materia de salud mental. Preocupan a la vez las condiciones de vida de las personas internadas en estas instituciones y el destrato al presupuesto asignado a la Dirección Nacional de Salud Mental y Adicciones incumpliendo con la pauta fijada por la Ley Nacional de Salud Mental en su artículo 32.IV 

En función de esto, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales hace una serie de recomendaciones al Estado, que van desde adoptar medidas para prevenir y abordar malos tratos en las instituciones, garantizar el cumplimiento de Resoluciones del Órgano de Revisión sobre muertes en instituciones monovalentes, y sobre el NO USO de terapia electroshock. Garantizar abordajes basados en el consentimiento libre e informado, y en base a fortalecer la red de servicios comunitarios y la apertura de servicios de salud mental en los hospitales generales, entre otros.

Nosotros compartimos la premisa que sostiene que la exclusión social es en sí un hecho de violencia. El no discurrir de la palabra provoca cada vez más desafiliaciones o pérdidas de derechos y obligaciones, no sólo económicos, fundamentalmente simbólicos, en términos de exclusión y aislamiento subjetivo. Tener solo políticas focalizadas desde una mirada reduccionista (sea cual sea el reduccionismo) y no integrales, es hoy contrario a la ley y lamentablemente en estos años, nos hemos alejado gravemente de las condiciones de intersectorialidad e integralidad en el diseño de políticas públicas.

Entendemos que las nociones de locx, niñx, adictx, excluidx, se encuentran subordinadas a enunciados filosóficos, educativos, legislativos, médicos, religiosos y, sobre todo, a formas de subjetivación, es decir, a sistemas de creencias respecto a la representación que sobre estos enuncie una comunidad determinada- En definitiva, una teoría del sujeto, sobre la que debe trabajar cualquier dispositivo.

Es por esto que sostenemos que se hace necesario por parte de las y los actores implicados en la llamada Salud Mental en Argentina, analizar y debatir los actuales conceptos de salud, Institución Psiquiátrica, práctica clínica, adicciones, etc., a fin de poder elucidar el imaginario hegemónico de nuestro momento socio-histórico, cuyos efectos en los discursos y prácticas han tenido y tienen consecuencias en la clínica, en lo social, en lo jurídico, en lo institucional, en la medicina, en lo educativo, y en lo familiar. Indagar en la historia y la actualidad, nos permitirá desmitificar diversas ideas arraigadas al modo de prejuicio y sentencia, siendo imprescindible también pensar a todos estos actores sociales nombrados, como Sujetos de Derecho, no como Objetos de Intervención. Y desde ahí, respetando el horizonte de sentido que marca la ley, trazar alternativas a este modelo vigente.

Por esto, solicitamos: 

  1. Jerarquizar en el organigrama funcional del futuro Ministerio de Salud, la Dirección Nacional de Salud Mental. 
  2. Solicitar en el marco de la articulación ministerial el impulso político de la CONISMA. El espacio de definición intersectorial e interministerial entre los gestores públicos nacionales debe recuperar un poder que permita que los ejecutivos ministeriales asuman como propias las decisiones de la misma. Sostenemos que debe volver a funcionar en Jefatura de Gabinete de Ministros.
  3. Garantizar condiciones laborales de las y los trabajadores de Salud Mental, así como también fomentar instancias de formación de las y los trabajadores de la Salud Mental en prácticas interdisciplinarias e intersectoriales, que posibiliten que la responsabilidad profesional de los mismos no se vea amenazada por la falta de actualización de conocimientos, como así también, y, principalmente, no afecte los procesos de externación y la aplicación de prácticas y estrategias comunitarias.
  4. Definir políticas que presten especial atención a sectores particularmente vulnerables: niños, niñas y adolescentes, infancias y adolescencias trans, mujeres y disidencias, y adultos mayores.
  5. Respecto a niños, niñas y adolescentes, solicitamos desalentar la legislación por patologías. Estas intentan, en el mejor de los casos, propiciar acceso a la salud como derecho, pero en ocasiones – además de realizar un proceso de fragmentación forzada de los sujetos – contribuyen a desarrollar clasificaciones excesivas y sobrediagnósticos, con el correspondiente aumento de los Certificados Únicos de Discapacidad. Nuestros niños, niñas y adolescentes deben acceder a todos los dispositivos de salud sin la necesidad de un rótulo que, en definitiva los/as imposibilita.
  6. En el caso de las y los adultos mayores, requerimos que el PAMI revise el sistema prestacional que tiene en Salud Mental, pidiendo que el mismo se ajuste a estándares de calidad en la atención y el acceso.
  7. Conforme a lo dispuesto por el artículo 4 de la Ley Nacional de Salud Mental, corresponde que los esfuerzos que realizan los Estados en materia de prevención y tratamiento de  los  consumos  problemáticos  estén  bajo  la  órbita  de  la  Dirección Nacional de Salud Mental y Adicciones o estamento estatal superior, siendo necesario integrar en ese espacio dichas políticas y a sus trabajadores/as., con las garantías de respeto por las condiciones laborales. 
  8. De igual forma, integrar las direcciones de los hospitales monovalentes al organigrama de los espacios ejecutivos de Salud Mental y Adicciones. 
  9. Trabajar en el progresivo avance del incremento de las partidas presupuestarias al área de salud mental, a fin de dar cumplimiento al Art. 32, hasta llegar al 10% del total asignado a Salud.

“La hospitalidad necesaria para recibir y asistir al sujeto en estado de vulnerabilidad física o psíquica, es potestad del Estado. En el pacto fundante que hemos realizado como sociedad, así como delegamos en él la pulsión de muerte (esto es, delegamos en el Estado la acción punitiva mediante la renuncia a la justicia por mano propia), también legamos funciones protectoras y nutrientes ya que nuestra humanidad reconoce que en el estado de naturaleza, la igualdad, no existe”.

La democracia se profundiza y se amplía con mayor democracia, es decir, con el ingreso siempre creciente de seres humanos a la condición ciudadana.

ADHIEREN: 

  • Federación de Psicólogos de la República Argentina.
  • Federación Argentina de Asociaciones Profesionales de Servicio Social.
  • Asociación de Acompañantes Terapéuticos de la República Argentina.
  • Forum Infancias, Asociación Civil.
  • APDH,  Mesa Directiva Nacional.
  • Justicia Legítima.
  • Asociación Argentina de Pensamiento Penal.
  • Ministerio Público de la Defensa de La Pampa.
  • Colegio de Psicólogos Provincia de Buenos Aires.
  • Asociación de Psicólogos de Buenos Aires.
  • Colegio de Psicólogos de Salta.
  • Colegio de Psicólogos de la Provincia de Santa Fe.
  • Colegio de Psicólogas y Psicólogos de La Pampa.
  • Colegio de Psicólogos de Chubut.
  • Colegio de Psicólogos de Mendoza.
  • Colegio de Psicólogos Zona Andina Río Negro
  • Colegio de Psicólogos de San Juan.
  • Colegio de Psicólogos de San Luis.
  • Colegio de Psicólogos de Tucumán.
  • Colegio de Psicólogos de Córdoba.
  • Colegio de Psicólogos de Jujuy.
  • Colegio de Psicólogos de Catamarca.
  • Colegio de Psicólogos de La Rioja.
  • Colegio de Psicólogos de Misiones.
  • Colegio de Psicólogos del Chaco.
  • Colegio de Psicólogos de Neuquén.
  • Colegio de Psicólogos de Entre Ríos.
  • Asociación de Psicólogos de Formosa.
  • Colegio de Psicólogos de Santiago del Estero.
  • Colegio de Psicólogos Alto Valle Zona Oeste.
  • Asociación Red de Psicólogos de Corrientes.
  • Xumek, Asociación para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos.
  • Fundación ABRA, Equipo Interdisciplinario en Salud Mental Mendoza.
  • Observatorio de DDHH, Comisión de Salud. Facultad de Ciencias Económicas y Jurídicas. Universidad Nacional de La Pampa.
  • Asociación Mutual de Psicólogos de la provincia de Santa Fe 2ª Circunscripción.
  • Movimiento Ecuménico de Derechos Humanos, Regional Mendoza.
  • Lazos Familiares Pampeanos. General Pico. La Pampa.
  • Tinkunaco Casa de Medio Camino. General Pico. La Pampa.
  • Asociación Anahí, filial Rosario.
  • Acción Popular.
  • Mesa Política del Oeste.
  • Familiares de Detenidos Desaparecidos Rosario.
  • CEIDH. Centro de Estudios e Investigación en Derechos Humanos «Juan Carlos Gardella» de la Facultad de Derecho de la UNR.
  • Fundación EOS para la Infancia y Juventud.
  • Fundación GEPS, Grupo de Estudios Psicológicos y Sociales.
  • Red Experiencia Santa Fe. CCH en Salud Mental.
  •  Movimiento de usuarixs y trabajadxres en defensa de la Ley Nacional de Salud  Mental. Rosario  Santa Fe.
  • Cátedra Intervenciones en Niñez y Adolescencia. Facultad de Psicología – Universidad Nacional de Rosario.
  • Carrera de Posgrado de Especialización en Psicología Clínica, Institucional y Comunitaria. Facultad de Psicología. Universidad Nacional de Rosario.
  • Equipo de profesionales del servicio de Salud Mental de Adultxs del Establecimiento Asistencial Gobernador Centeno.
  • Personal de los Talleres de Arte y Recreación del Servicio de Salud Mental del Establecimiento Asistencial Gobernador Centeno.
  • María Liliana Ottaviano y Dr. Eduardo Luis Aguirre. Docentes del Seminario Extracurricular de Posgrado «Derechos Humanos, Sujeto y Emancipación». Facultad de Ciencias Humanas. Universidad Nacional de La Pampa.
  • El Puente, Psicólogas en La Toma.
  • Entre-dos, Organización de Psicoanalistas y Acompañantes Terapéuticos – Rosario.
  • PAR, Programa Andrés Rosario.   
  • Centro de Estudios, Análisis e Investigación de Prácticas Sociales, de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de La UNCuyo.
  • Cátedra electiva de Salud Mental y Discapacidad. construcción social desde la perspectiva de los DDHH, de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNCuyo.
  • Colegio de Psicólogos de la Provincia de Neuquén.
  • Psicólogos representantes de la Facultad de Psicología de la Universidad de Flores – sede Comahue. 
  • Lic. Mirta Stepaniuk – Forum Infancias. 
  • Lic Gabriela Treber-Ex presidenta del Colegio Profesional de Psicólogos de Córdoba. 
  • Facultad de Cs. Médicas/Universidad Nacional de Rosario. Dirección: Dra. Marité Colovini, Vice-dirección: Dr. Alberto Diaz. 
  • Agrupación Kayros, Colectivo de psicólogas/os de la Provincia de Córdoba. 
  • Dr. Roberto Follari – Dorctor en Psicología de Mendoza. 
  • Agrupaciones políticas y sociales: La Colectiva -Soy Nosotras -Irrompibles -Nueva Mayoría en el Frente Patria Grande. 
  • Lic. Sara Judit Gutierrez – Psicóloga. 
  • Luis J. Moroni – Periodista Argentino radicado en Francia. 
  • Ana Rosich. 
  • Diego Gaitán Presidente Mesa Directiva – Colegio de Psicólogos de la Provincia de Santa Cruz.  
  • Lic Paula Ligori – Psicóloga. 
  • Lic. Ana Marcela Gonzalez Castro – Comisión Nacional de Salud Mental de FePRA por San Luis. 
  • Comisión de Salud – Colegio de Profesionales de Trabajo Social de Mendoza. 
  • Área Externa de Salud Mental HR, Comodoro Rivadavia – Coord. Lic. Sebastián Núñez.     
  • Colegio de Terapistas Ocupacionales de la Provincia de Santa Fe – segunda circunscripción. 
  • Instituto de Negociación, Mediación y Arbitraje de Rosario (I.N.M.A.R).
  •  Escuela de Fonoaudiología – Directora Lic. Ma Carolina Campra, Vicedirectora Lic. Ana Clara Isaias; Visto que esta Ley es el producto de un proceso histórico de luchas por la trasformación del sistema de salud/ salud mental, en conciencia con lineamientos de la OPS respecto a la perspectiva de  Derechos Humanos.Que para la real desmanicomialización requiere de políticas que vayan en ese sentido. Que la FePRA solicita al Gobierno entrante que dé solución urgente a las múltiples situaciones resultantes de la no implementación de mencionada Ley. Que la Fonoaudiología participa de los equipos de trabajo que abordan la compleja problemática de Salud Mental. Que la Salud es un proceso integral y multidimensional que afecta al ser humano en su totalidad. 

INSTITUCIONES QUE QUIERAN ADHERIR DEJAR SUS DATOS AQUÍ

 


I Demaría, V., Straniero, C., Tosi, C. – Salud Mental: La intersectorialidad como desafío- trabajo elaborado por GEPS (Grupo de Estudios Psicológicos y Sociales), presentado en las XIX Jornadas Nacionales de Salud Mental, realizadas en Mendoza, Argentina, 11 y 12 de octubre de 2019.

II Organización Panamericana de la Salud. La carga de los trastornos mentales en la Región de las Américas, 2018. Washington, D.C.: OPS; 2018.

III Primer Censo Nacional de Personas internadas por motivos de Salud Mental. Dirección Nacional de Salud Mental y Adicciones. Secretaría de Gobierno de Salud. 2019

IV http://www.comisionporlamemoria,org/archivos/cct/infromesanuales/informe…

I Ídem I

ATAQUES A PSICÓLOGOS/ASQUE INTERVIENE EN ABUSOS SEXUALES CONTRA LA NIÑEZ

By Declaraciones

En las últimas tres décadas, se han producido importantes avances en la investigación de las características y consecuencias de los crímenes de abusos sexuales en las infancias.

Si bien los adelantos normativos han sido trascendentes y en nuestro país la legislación protectora goza  de la máxima jerarquía (Constitución Nacional), es sin dudas desde la Psicología que se han producido los adelantos más significativos en la materia. Los profesionales de nuestra disciplina, cada día poseemos mayor capacitación, la que se traduce en un aporte indispensable en las investigaciones judiciales sobre esa clase de delitos. De ese modo, los informes que las psicólogas/os brindan durante el trámite de las causas, permiten en sede penal llegar al dictado de procesamientos de sospechosos y luego, en la etapa respectiva arribar a su juzgamiento y eventual condena. En sede civil a su vez, permiten fundamentar medidas de protección a las víctimas y de restricción de acercamiento respecto de los posibles victimarios.

Es por esas razones que psicólogas y psicólogos somos sistemáticamente blanco de un sinnúmero de ataques tanto personales como profesionales. Representamos con nuestra actividad, tal vez el mayor riesgo para la impunidad tradicional de quienes a lo largo de los siglos han abusado de la infancia prácticamente sin sanción alguna. A su vez, los avances aludidos, han dejado sin fundamento la habitual afirmación de “los chicos mienten”, argumento que ya no puede ser utilizado para obtener impunidad en nuestro país. Fue entonces que los abusadores y sus simpatizantes, comenzaron a desarrollar nuevas estrategias basadas en la descalificación sistemática de las víctimas, sus madres protectoras y de todo aquel que se preste a darles apoyo y auxilio. Surgieron así, pseudo teorías como la “co – construcción”, “el discurso contaminado” y el falso “síndrome de alienación parental».

Esta última teoría ha sido rechazada por diversas entidades científicas por considerarla inválida, e inhabilitada como síndrome por no haber sido debidamente probada.

Mediante esas elucubraciones se desplazó la finalidad profesional deseable y garantizada por la legislación, que es la de una defensa basada en el debido proceso legal, hacia otra, que viola la normativa vigente. Eso, por cuanto se propone la desarticulación de las denuncias y una persecución a víctimas y acompañantes.

Esa persecución es ilegal ya que no sólo pretende la impunidad de los abusadores, sino que, además, viola numerosa normativa protectora de la niñez, de las madres y de los profesionales, incluidos los funcionarios judiciales.

Nuestro deber es el de promover procesos de visibilización de la violencia intrafamiliar, especialmente del maltrato infantil en sus diferentes modalidades, denunciando las distintas herramientas jurídicas que se ponen al servicio de la impunidad del abusador, como el inconsistente argumento que un niño puede ser programado por un progenitor, en general la madre, para que denuncie al otro por abuso sexual contra niños, niñas y adolescentes. A través de estas teorías inexistentes en el campo científico, se sostiene que los relatos de las víctimas son co -construcciones que parten de sus madres alienadoras y, en la mayoría de los casos, también argumentan que son los profesionales quienes co -construyen también relatos junto a las madres y los pacientes, o simplemente no se dan cuenta de la falsedad de los dichos de sus pacientes.

En nuestro país, ha habido numerosos pronunciamientos de repudio a la utilización de dichas estrategias, aunque no se ha logrado aún respuestas lo suficientemente contundentes como para prevenir y evitar las constantes agresiones que provienen de quienes las planifican. Así, nuestra Federación, el 14 de noviembre de 2014, sentó posición acordando asimismo con pronunciamientos similares de otras entidades federadas realizadas con anterioridad y que continúan produciéndose hasta el día de la fecha.

Señalamos en la ocasión que el uso del llamado “síndrome de alienación parental”, “… viola el Artículo 3.5 del Código de Ética Nacional de la FePRA y de las leyes de promoción y protección de derechos de niños y niñas y adolescentes”.

Cabe recordar que la norma citada establece que los psicólogos, “No aplicarán o indicarán técnicas ni teorías psicológicas que no sean avaladas en ámbitos científicos, académicos o profesionales reconocidos”.

En los casos de denuncias, públicas o judiciales contra colegas, las mismas se enmarcan en la pretensión de aplicación de las aludidas pseudoteorías, lo cual deviene ilegal. Pero no se trata de la única violación ética y jurídica.

Nos encontramos con presentaciones en donde se intenta descalificar a las víctimas infantiles atribuyendo a las psicólogas o psicólogos que las atendieron, la mala fe –incluso con imputaciones de implicancia penal explicita-, de implantar en la mente de niños y niñas relatos de abusos inexistentes.

En algunas presentaciones a las que hemos tenido acceso, se efectúan citas parciales del contenido de entrevistas en Cámara Gesell a las víctimas. Se analizan dichas citas parciales y se descalifica reiteradamente a las profesionales actuantes y a las niñas y niños entrevistados sin ningún fundamento epistemológico que avale tales afirmaciones.

Las aludidas transcripciones y análisis, violan una larga lista de normas civiles y penales que deberán ser ponderadas a la hora de las decisiones institucionales que correspondan. A ello debe agregarse una afectación no menos importante cual es la que interfieren deliberadamente en los procesos de investigación y trámite de las distintas causas iniciadas con motivo de las denuncias.

Recomendamos a los Colegios y sus respectivos Tribunales de Ética provinciales ser sumamente cuidadosos desde lo institucional en cuanto al trámite a dar ante las denuncias del tenor de lo expuesto. Ello, porque cuando, desde un Colegio Profesional, se da traslado de denuncias calumniosas y además elaboradas y concretadas con la finalidad de desacreditar profesionales, víctimas y familiares, y perturbar investigaciones judiciales en trámite, se favorece involuntariamente esa ilegal estrategia ya que como es común en lo cotidiano se toma la mera aceptación de la denuncia como un equivalente de la existencia de la falta. En sentido contrario, su rechazo, si correspondiere, no sólo resulta acorde a la legislación protectora vigente, sino que reafirma la función esencial de cada Colegio y de la Federación, que es el apoyo irrestricto a los profesionales que cada día realizan una labor invalorable desde una incumbencia tan elevada como es la psicología.

Tanto las investigaciones como las diversas labores profesionales implicadas en su desarrollo, requieren estar a salvo de interferencias externas que las enturbien y, sobretodo, que se utilicen para agredir a víctimas, profesionales y acompañantes. Es por ello que toda la legislación vigente protege y ordena contener a los nombrados involucrados.

Otorgar entidad a denuncias maliciosas y de clara finalidad obstructiva de las investigaciones, resulta contraria de la extensa normativa protectora que rige en nuestro país.

Las denuncias presentadas, violan numerosas normas tanto de la Constitución Nacional como de las leyes protectoras de la infancia, de los Derechos de la mujer y del ejercicio profesional de la psicología.

En particular y sólo a modo de ejemplo, se violan los Arts 2 ,inc. 1 y 2, Art. 3 inc. 1 y 2, Art. 4, art. 6 inc. 2, art. 9 inc. 1, 3 última parte, art. 12, art. 19, art. 24 inc. 1 y art. 34 de la Convención Internacional Sobre los Derechos del Niño (art. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional).

De la respuesta institucional que se dé a este tipo de estrategias destructivas, dependerá en muchos casos la evolución de las causas en trámite por abuso sexual en la infancia o su demora por largo tiempo con la impunidad que ello supone.

Del mismo modo, denunciamos el proceder de algunos profesionales de la salud, abogados y jueces que en la defensa de los abusadores instrumentan argumentos carentes de todo respaldo científico para lograr la invisibilidad de los delitos cometidos contra los niños y niñas. Las personas en condición de vulnerabilidad, encuentran obstáculos mayores para el ejercicio de sus derechos y que por ello se deberán llevar a cabo, en el ámbito de las políticas públicas y en el sistema de justicia acciones más fuertes para vencer, eliminar o mitigar dichas limitaciones.

De esta manera la FePRA, una vez más ratifica la defensa y acompañamiento de colegas que sufren ensañamiento a raíz del ejercicio idóneo de la profesión y de intervenciones que intentan priorizar el Interés Superior de niños y niñas.

Con la misma contundencia que nos oponemos a prácticas intrusivas, mala praxis o ejercicio inadecuado de nuestra profesión, caminamos junto a colegas devastados por hacer lo que corresponde de acuerdo a nuestro Código de Ética y las distintas leyes que enmarcan el ejercicio profesional.

Un especial agradecimiento al Dr. Carlos Rozanski, quien, con su aporte y generosidad, continúa colaborando para proteger a niños, niñas y adolescentes víctimas de abuso sexual.

Documento aprobado por Unanimidad en Asamblea Extraordinaria de la Federación de Psicólogos de la República Argentina, 14 de diciembre de 2019.

*Modicicación; Asamblea General Extraordinaria Dic/2020